viernes, 13 de febrero de 2009

Identificación Tributaria




La identificación tributaria, es un código único de carácter alfanumérico, utilizado con el fin de identificar a toda persona natural o jurídica susceptible de tributar.Es de suma importancia, además necesaria, ya que constituye un instrumento de calidad en el control y actualización de los contribuyentes con el fin de mantener identificadas a personas naturales o jurídicas a efectos tributarios.

Antiguo registro de Información Fiscal (RIF) yNumero de identificación tributaria (NIT):

Constituye un instrumento de control y actualización de los contribuyentes por parte del SENIAT. Con el objeto de mantener la identificación de las personas naturales ó jurídicas, las comunidades, las entidades o agrupaciones sin personalidad jurídica, responsables del impuesto sobre la renta, así como los agentes de retención. También debe ser utilizada en toda la papelería del contribuyente.

Eliminación del número de identificación tributaria (NIT):

El servicio nacional integrado de Administración Aduanera Tributaria (SENIAT) Informa a los contribuyentes y público en general que desde el pasado 1º de agosto no se esta expidiendo el Número de Identificación Tributaria (NIT), en virtud de la creación del Registro Único de Información Fiscal (RIF).Así lo establece la Providencia Nº 0073 de fecha 06/02/2006 publicada en Gaceta Oficial Nº 38389, la cual establece la creación de dicho registro único.

Registro Único de Información Fiscal:

Es un registro destinado al control tributario, en el cual deben inscribirse las personas naturales o jurídicas, las comunidades y las entidades o agrupaciones sin personalidad jurídica, susceptibles en razón de los bienes o actividades, de ser sujetos o responsables del impuesto sobre la renta, los agentes de retención del impuesto, y los residentes en el extranjero sin establecimiento permanente o base fija, siempre que la causa del enriquecimiento esté u ocurra en Venezuela.


Requisitos para la inscripción del Registro Único de Información Fiscal (RIF):

Persona Natural:

Ø Formulario de inscripción emitido por el sistema.

Ø Original y copia de la Cédula de Identidad del Solicitante.

Ø Original y copia del Documento Probatorio del nuevo domicilio fiscal (Recibo o factura de Servicio Básicos, Contrato de Alquiler y/o cualquier otro documento que avale el nuevo domicilio).

Ø Documentos probatorios de las cargas familiares.

Personas Jurídicas (Sociedades mercantiles y Civiles):

Ø Formulario de inscripción emitido por el sistema.

Ø Original y copia del Documento Constitutivo debidamente registrado y publicado (excepto para las sociedades civiles que no requieren publicación).

Ø Original y copia de la Última Acta de Asamblea.

Ø Original y copia del Poder del Representante Legal (sólo cuando su carácter no fuera acreditado en los Estatutos Sociales).

Ø Original y copia de la autorización de la SUDEBAN (En los casos de Bancos o Instituciones Financieras).

Ø Copia del RIF del representante legal, socios y directivos.

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